El pleno del Parlamento Europeo aprobó el día 11 de Septiembre el proyecto de directiva sobre la venta de productos hipotecarios. A continuación repasamos las claves de este texto. La futura directiva europea sobre hipotecas cuyo proyecto ya se ha aprobado por el Parlamento Europeo introducirá algunos cambios significativos en el mercado de la concesión de hispotecas.
Hemos realizado un resumen con las claves para comprender estos cambios tomando como base el artículo explicativo de Elena Sanz para El Confidencial:
1.- Reflexión
Según el texto adoptado por el PE, el consumidor tendrá un tiempo obligatorio de 7 días de reflexión antes o después de firmar un contrato hipotecario, dentro de ese tiempo podrá retractarse. Estos siete días posteriores a la firma son lo más novedoso.
2.- Información
Antes de firmar cualquier contrato, el consumidor tendrá que recibir, en papel o en formato electrónico, información general clara y comprensible para conocer el coste y las consecuencias financieras a largo plazo.
3.- Demoras y desahucios
La ley limitará los cargos por impago. Impedirá a los Estados miembros oponerse a la dación en pago acordada entre las partes, impondrá el deber de buscar el mejor precio por la venta de la propiedad en las ejecuciones y exigirá a los países de la UE que faciliten el pago, protegiendo a los consumidores y evitando el sobreendeudamiento a largo plazo.
4.- No a los préstamos irresponsables
Las entidades vendedoras de hipotecas tendrán que ser autorizadas, registradas y supervisadas por las autoridades nacionales para asegurarse de que cumplen requisitos profesionales estrictos y se reforzarán los criterios de evaluación de la solvencia del comprador, con lo que se busca frenar la concesión de hipotecas a personas que no puedan pagarlas.
5.- Paquetes financieros
La legislación prohibirá a los prestamistas hacer ofertas de crédito condicionadas a la compra de seguros y otros productos financieros de un proveedor especificado. Esta prohibición de productos vinculados facilitará a los consumidores el cambio de proveedor. Por otra parte, productos como una póliza de seguro, si se compran en otro lugar, tendrían que tener el mismo nivel de garantía exigido por el prestamista.
6.- Flexibilidad para amortizar deuda
La nueva legislación introducirá reglas de flexibilidad en el pago, como un derecho del prestatario para pagar el préstamo antes de tiempo. Por su parte, la entidad bancaria tendrá derecho a recibir una compensación justa por los costes del reembolso anticipado, pero no podrá imponer multas adicionales para desincentivar la amortización.
7.- Otros
Imposición de condiciones estrictas para los préstamos en moneda extranjera -el consumidor tendrá que ser informado de que las cantidades pendientes de pago podrían aumentar- y con tipos de interés variable y la obligación de presentar una tasación independiente de la propiedad.
Hay que recordar también que la Ley que defiende a los deudores hipotecarios también regula la concesión de hipotecas multidivisa.
Podéis ampliar la información leyendo el artículo completo en El confidencial. También podéis leer otros artículos similares en Cinco días, El País o Europa Press.
